"...Además, los vicios de interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, son técnicamente excluyentes entre sí, cuando se refiere a una misma norma, por cuanto que el primero parte del supuesto de la aplicación de la norma pertinente pero se le da un sentido que no tiene, mientras que el segundo lo hace partiendo del supuesto de la aplicación de una norma impertinente a los hechos en controversia. Por consiguiente, la casación se invalida técnicamente cuando se citan las mismas normas como infringidas por interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, lo cual es un defecto en el planteamiento, lo cual conlleva como consecuencia la imposibilidad de la Cámara de entrar a resolver dichos submotivos invocados; por lo que no pueden prosperar..."